Regulan el ingreso de recursos de regalías en moneda extranjera al Fonpet (2:38 p.m.)
29 de Abril de 2013
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Nota:
87978
Con el fin de mitigar el efecto cambiario que pueda generarse por el ingreso de recursos en moneda extranjera provenientes del Sistema General de Regalías, el Ministerio de Hacienda señaló que los dineros provenientes de las regalías que se destinen al Fondo Nacional de Pensiones de las Entidades Territoriales (Fonpet) se podrán transferir y girar directamente en moneda extranjera. Estos recursos deberán ser invertidos exclusivamente en los activos previstos en el numeral 2 del artículo 2.6.12.1.2 del Decreto 2555 del 2010, de conformidad con las condiciones establecidas en el Título XII del Libro VI de la parte II de dicho decreto y con las reglas establecidas.
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