Regulan cesión de derechos de subsidios causados para servicio público de energía eléctrica (2:13 p.m.)
20 de Marzo de 2020
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Nota:
116055
Ante el déficit de recursos para el pago de subsidios y que los mismos deben ser cubiertos con recursos del presupuesto de la Nación, el Gobierno estableció mecanismos para hacer más eficiente, para el Ministerio de Minas y para las empresas prestadoras del servicio público de energía eléctrica, la liquidación, el reconocimiento y pago de subsidios, de forma que las mencionadas empresas cuenten con la liquidez suficiente para asegurar la sostenibilidad al servicio que prestan. Los comercializadores de energía eléctrica podrán ceder a favor de entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera u organismos estatales, bilaterales y multilaterales de crédito que no se encuentren en las listas de sanciones, y/o vehículos fiduciarios administrados por cualquiera de los anteriores, el derecho a recibir los recursos por los subsidios, únicamente en los casos en que dichas entidades prestadoras de servicios públicos domiciliarios ya hayan reconocido, en las respectivas facturas de servicios, los subsidios correspondientes a los usuarios que atienden. Para que la cesión produzca efectos ante el Minminas se necesitará de la aceptación de la cesión por parte de dicha entidad.
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