Registro de marcas de la clase 5 de la Clasificación de Niza debe ser rigurosa (8:15 a.m.)
03 de Diciembre de 2013
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Nota:
93112
El Consejo de Estado resaltó la necesaria rigurosidad en el análisis de registrabilidad cuando se trata de marcas que amparan productos comprendidos en la clase 5 de la Clasificación Internacional de Niza, tanto si son farmacéuticos como si no lo son. Este rigor se justifica en la necesidad de precaver el riesgo que para la salud de todos los seres vivos se puede derivar de la confusión o el error entre marcas que distinguen tales productos. Finalmente, el alto tribunal agregó que en el examen de registrabilidad de estas marcas se debe tener en cuenta el criterio del consumidor medio (C.P. Guillermo Vargas Ayala).
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