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Recursos del fondo de solidaridad que no se agotan en la vigencia respectiva deben trasladarse a la siguiente (4:33 p.m.)

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23 de Febrero de 2015

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Si la cooperativa no logra agotar la totalidad de su fondo de solidaridad en la vigencia respectiva, deberá poner a consideración de la asamblea que los remanentes sean trasladados a la vigencia siguiente, tal y como lo prevé el artículo 54 de la Ley 79 de 1988, sobre la continuidad de la destinación de dichos recursos económicos, indicó la Superintendencia de la Economía Solidaria. No obstante, la organización puede replantear, reorganizar, revisar y considerar las razones por las cuales no se agotó el fondo y dejar claramente reglamentado los proyectos, objetivos y formas en que puedan satisfacerse las necesidades de los asociados y la comunidad en general, de acuerdo con la definición y características de estos entes solidarios.

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