Recuerdan reglas para cotejar marcas denominativas (9:52 a.m.)
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20 de Enero de 2015
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Según el Consejo de Estado, cuando el elemento predominante de un signo distintivo es el nominativo, las reglas que deben seguirse para el cotejo de marcas denominativas son las trazadas por la doctrina y la jurisprudencia. En ese orden, recordó que dentro de los criterios que han sido señalados para este fin se encuentra el análisis de cada signo en su conjunto, es decir, sin descomponer su unidad fonética. Sin embargo, señaló que es importante tener en cuenta las sílabas o letras que poseen una función diferenciadora en el conjunto, ya que esto ayudaría a entender cómo el signo es percibido en el mercado. Así mismo, indicó que se debe tener en cuenta la sílaba tónica de los signos a comparar, ya que si ocupa la misma posición, es idéntica o muy difícil de distinguir, la semejanza entre los signos podría ser evidente. Sumado a esto, el alto tribunal precisó que debe observarse el orden de las vocales y determinar el elemento que impacta de una manera más fuerte en la mente del consumidor, teniendo en cuenta que esto mostraría cómo es captada la marca en el mercado (C.P. Guillermo Vargas Ayala).
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