Recuerdan reglas de pago de seguros, si se alega preexistencia o reticencia (1:37 p.m.)
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18 de Agosto de 2015
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La Corte Constitucional recordó las reglas aplicables a los conflictos entre sujetos de especial protección y las aseguradoras sobre el pago de las pólizas de seguro, cuando estas alegan preexistencias o reticencias por parte de los primeros, quienes posteriormente sufren incapacidad laboral superior al 50 %. Por un lado, dichos contratos deben atender el principio de buena fe, el cual obliga a ambas partes y se materializa en la obligación de redactar las cláusulas sin ambigüedad, lo que exige incluir, de forma precisa y taxativa, las preexistencias que excluyen la cobertura del riesgo. A su vez, tales compañías son las encargadas de realizar al tomador los exámenes médicos que establezcan su condición de salud al momento de suscribir el seguro, por ende, cuando no se realizan ellas deben probar que el asegurado conocía la preexistencia con certeza y anterioridad, pues solo así su silencio sobre esto es reticencia. Sin embargo, el afectado no será sancionado, si la aseguradora sabía de la supuesta reticencia, señaló la corporación (M. P. Myriam Ávila).
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