¿Qué pasa si una sociedad incumple la obligación de presentar los estado financieros combinados?
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18 de Marzo de 2021
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Si la matriz extranjera constituyó en Colombia una sociedad subsidiaria, corresponde a esta última preparar y presentar estados financieros individuales o separados, en virtud del artículo 34 de la Ley 222 de 1995. Por el contrario, si la entidad que informa comprende dos o más entidades que no están vinculadas por relación controladora-subsidiaria, los estados financieros se denominan estados financieros combinados. Ahora bien, indicó la Superintendencia de Sociedades, si la sociedad estaba obligada a presentar el estado financiero individual o separado y ha cumplido con tal obligación, en principio, no tendría que corregir los estados financieros. No obstante, si tenía la obligación de presentar los estados financieros combinados y la incumple, deberá solicitar autorización para la transmisión de los mismos en la plataforma SIRFIN, de acuerdo con las instrucciones que para tal efecto se emiten a fin de cada año sobre solicitud de la información financiera. Lo anterior sin perjuicio de la facultad que tiene la superintendencia de imponer sanciones o multas, sucesivas o no, hasta de 200 salarios mínimos mensuales, cualquiera que sea el caso, a quienes incumplan sus órdenes, la ley o los estatutos, según lo establecido en el numeral 3 del artículo 86 de la ley mencionada.
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