Proveedores de micromedidores de agua, luz y gas no deben inscribirse en ningún registro (12:22 p.m.)
05 de Diciembre de 2012
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Nota:
85396
En el registro de fabricantes e importadores de bienes y proveedores de servicios a cargo de la Superintendencia de Industria y Comercio solo deben inscribirse aquellos que están sujetos al cumplimiento de reglamentos técnicos, por lo que los proveedores de servicios sujetos a control metrológico, como es el caso de los micromedidores de agua, luz y gas, no están obligados, pues actualmente no existe norma que lo disponga ni entidad que tenga asignada la función de inscribirlos. Así lo señaló la Superintendencia de Industria y Comercio, en oficio de octubre.
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