Programas de fidelización son susceptibles de retracto (10:22 a.m.)
04 de Noviembre de 2014
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Nota:
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En la medida en que se vendan productos a los consumidores mediante programas de fidelización, independientemente de las ventajas que estos otorguen, se aplicarán totalmente las normas que regulan el derecho de retracto, pues no existe limitación alguna al respecto, indicó la Superintendencia de Industria y Comercio. En este caso, lo importante es verificar si el producto o servicio encaja dentro de las categorías que son susceptibles de retracto. En cuanto a la posibilidad de convertir los beneficios otorgados (puntos, millas, kilómetros) en dinero en efectivo, la entidad explicó que la redención no guarda relación con el derecho de retracto, mientras no se haya adquirido ningún producto, y el canje dependerá de las condiciones pactadas. Por el contrario, si se realiza la compra de un nuevo producto y se solicita el retracto frente a este, el interesado podrá obtener los dineros pagados, junto con los puntos o millas correspondientes, porque se entiende que las cosas vuelven al estado anterior a la compra.
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