Principio de favorabilidad es aplicable en procedimientos por contravenciones administrativas (11:05 a.m.)
06 de Septiembre de 2012
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Nota:
82576
Los principios que rigen el procedimiento penal pueden hacerse extensivos a otras disciplinas sancionatorias en las que no ha existido un desarrollo doctrinal adecuado sobre una materia específica, señaló el Consejo de Estado. De esta forma, concluyó que el principio de favorabilidad puede aplicarse a procedimientos sobre contravenciones administrativas. En otras palabras, las contravenciones cometidas en vigencia de la normativa anterior pueden ser sancionadas conforme a normas posteriores, si estas resultan más favorables. Con estos argumentos, la Sección Cuarta confirmó que el extinto Instituto de Fomento Industrial no debió ser sancionado por los defectos de posición propia en moneda extranjera ocurridos en el año 2000. Ello por cuanto una resolución posterior a los hechos sancionables permitió que los intermediarios del mercado cambiario contaran con un término más amplio para ajustar la posición propia. Esta norma resultaba aplicable, pues estaba vigente para el momento de imponer la sanción (C.P. Martha Teresa Briceño de Valencia).
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