Presidente y secretario en las reuniones de asamblea y junta directiva pueden ser designados para aprobar las actas de dichas reuniones (10:25 a.m.)
29 de Junio de 2010
Reproducir
Nota:
67002
Al no existir prohibición legal que establezca que las mismas personas que actúan como presidente y secretario en las reuniones de asamblea de accionistas y junta directiva sean designadas por los mismos cuerpos colegiados para aprobar las actas que se levantan de tales reuniones, no se puede aducir por ese motivo la ilegalidad en las actas ni en las decisiones que consten en ellas, como tampoco abstenerse las cámaras de comercio de la inscripción de dichos documentos. Así lo señaló la Superintendencia de Sociedades, en concepto de abril.
Opina, Comenta