Plazo para acreditar cumplimiento de presentación y publicación del reporte de gestión BIC
11 de Mayo de 2021
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Nota:
120210
La Superintendencia de Sociedades informó a los representantes legales de las sociedades de beneficio e interés colectivo (BIC) sobre el plazo para acreditar el cumplimiento de haber realizado, presentado y publicado el reporte de gestión BIC. Por lo tanto, la entidad iniciará la verificación de la debida elaboración, presentación y publicación del reporte, conforme a los plazos e instrucciones que se señalan. Las que hayan adoptado voluntariamente dicha condición deberán acreditar y enviar los siguientes documentos: (i) la copia del reporte de gestión; (ii) el extracto del acta del máximo órgano social en donde se presentó y aprobó el reporte de gestión y (iii) el soporte de haber publicado el reporte de gestión BIC en la página web de la sociedad o, en caso de que la sociedad no cuente con página web, que se encuentre disponible en su domicilio. La documentación deberá remitirse a la superintendencia, a más tardar, el 31 de julio del 2021. En cuanto al envío de documentación durante el año 2022 y siguientes, deberá ser remitida, a más tardar, el 30 de abril de cada año, al correo webmaster@supersociedades.gov.co, dirigido al Grupo de Supervisión de Sociedades BIC.
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