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Personas naturales deben sujetarse a las normas generales que fijan límites a las tasas de interés (3:28 p.m.)

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19 de Diciembre de 2011

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Aunque las personas naturales dedicadas al préstamo de dinero no están sometidas a la inspección de la Superintendencia Financiera, en materia de cobro excesivo de intereses, deben sujetarse en calidad de acreedor a las normas generales que fijan límites a las tasas de interés de los negocios jurídicos y prohíben percibir intereses por encima de aquellos, con la previsión de sanciones de orden económico y penal correspondientes. Las personas que se consideren afectadas por la conducta pueden denunciar la situación ante las autoridades competentes, como es el caso de las comisarías, inspecciones de policía o unidades de reacción inmediata de la Fiscalía, indicó la entidad.

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