Pago de renta vitalicia inmobiliaria no afecta el reconocimiento de una pensión
31 de Marzo de 2021
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La renta vitalicia inmobiliaria es un producto financiero a través del cual las entidades aseguradoras, a partir de la movilización de activos inmobiliarios, pueden ofrecer ingresos complementarios a los propietarios de un bien inmueble como resultado de convertir en dinero el valor patrimonial que representa el mismo, sin que el pago periódico de dicha renta contratada voluntariamente afecte o tenga incidencia en la situación personal del tomador o beneficiario frente al reconocimiento de una pensión, pues se puede acceder a este servicio financiero con independencia de su afiliación o no al sistema general de pensiones. De otra parte, precisó la Superintendencia Financiera, la operación de renta vitalicia inmobiliaria exige que el tomador transfiera la nuda propiedad del respectivo bien inmueble a la aseguradora o al tercero que esta determine, conservando el uso y goce en los términos previstos en el Código Civil para los contratos de usufructo, de manera que podría dar en arriendo el inmueble o cederlo a quien quiera, a menos que se haya previsto expresamente una prohibición.
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