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Ostentar posición de dominio no es en sí mismo infringir el régimen de protección de la competencia (10:30 a.m.)

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09 de Abril de 2013

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El hecho de contar con una posición de dominio no es una infracción al régimen de protección de la competencia, sino uno de los elementos para que se presente el abuso de la posición dominante, indicó la Superintendencia de Industria y Comercio. Si bien quienes ostentan posición dominante pueden comportarse con independencia respecto de sus competidores, lo que les permite modificar unilateralmente precios, cantidades o cualquier otra variable competitiva en el mercado en el que participan, también están sujetos a cargas y limitaciones especiales, recordó la entidad.

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