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Ordenamiento financiero no permite aportes en especie (2:47 p.m.)

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20 de Marzo de 2012

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De acuerdo con lo previsto en las normas que rigen el pago del capital inicial en las entidades financieras, así como los aumentos posteriores del mismo, como es el caso de la Ley 45 de 1923, que regula la organización y el funcionamiento de los establecimientos bancarios en Colombia y que está vigente, el ordenamiento financiero no permite realizar aportes en especie, por lo que el capital de constitución y los incrementos posteriores de las entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera deben hacerse siempre en dinero, aunque se hagan directa o indirectamente. Así lo precisó la entidad en oficio de febrero.

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