Operaciones a través de comercio electrónico son responsabilidad del tarjetahabiente (10:10 a.m.)
18 de Diciembre de 2014
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Nota:
98674
Aunque la Circular Externa 42 del 2012 estableció una serie de medidas para fortalecer la seguridad y la calidad en el manejo de la información de los clientes y usuarios de las entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera, bien sea que acudan directamente a las oficinas, a medios de pago como tarjetas de crédito y débito o a canales como internet y dispositivos móviles, realizar este tipo de operaciones es responsabilidad del tarjetahabiente, por lo que la entidad indicó una serie de recomendaciones en el momento de efectuar transacciones a través de comercio electrónico, entre ellas, no acceder desde sitios públicos que no ofrezcan suficiente seguridad al suministrar datos confidenciales, verificar que en el portal transaccional aparezca el prefijo “https” y un “candado” cerrado, evitar entregar información personal o claves si no hay seguridad sobre el sitio, indagar las medidas seguridad con las que cuenta la pasarela de pago y mantener actualizado el antivirus del equipo.
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