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Nuevamente, amplían el término del régimen de transición del reglamento técnico de taxímetros

Es de señalar que mediante Resolución 88918, del 28 de diciembre del 2017, la SIC reglamentó el control metrológico aplicable a taxímetros electrónicos.

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23 de Diciembre de 2021

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Tomando en consideración que a la fecha se continúa sin tener en el mercado talleres de instalación/reparación, ni organismos de verificación acreditados con alcance para el reglamento técnico de taxímetros que permitan la ejecución de la actividad de verificación metrológica, y que además la Superintendencia de Industria y Comercio se encuentra trabajando en la modificación del reglamento, la entidad decidió modificar el numeral 8.21 del Capítulo Octavo del Título VI de la Circular Única en el sentido de extender el término del régimen de transición.

 

“Régimen de transición. Las autoridades de tránsito establecerán la gradualidad con la que entrará a regir el presente reglamento técnico en sus respectivos municipios, plazo que en todo caso no podrá superar el 29 de diciembre del 2022”, puntualiza la norma. (Lea: Amplían término del régimen de transición del reglamento técnico de taxímetros)

 

Es de señalar que mediante Resolución 88918, del 28 de diciembre del 2017, la SIC reglamentó el control metrológico aplicable a taxímetros electrónicos.

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