Nueva identidad por cambio de género es una situación que el cliente debe informar a la entidad financiera (4:52 p.m.)
19 de Octubre de 2011
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Nota:
76806
Es deber de los clientes financieros informar todas aquellas situaciones que ameriten actualizar la información suministrada en el momento de vincularse con la entidad, como es el caso de adquirir una nueva identidad por cambio de género, pues es necesario el conocimiento efectivo, eficiente y oportuno de los clientes, así como la verificación de la información y los soportes, con el fin de individualizar a cada persona, conforme a lo previsto en la Circular Básica Jurídica 007 de 1996. Así lo señaló la Superintendencia Financiera, en oficio de septiembre.
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