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Novedades en el registro de productores y comercializadores de aparatos eléctricos y electrónicos

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06 de Agosto de 2020

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En aras de coadyuvar al restablecimiento de este sector de la industria, el Ministerio de Comercio decidió modificar el artículo 7° de la Resolución 480, del 17 de abril del 2020, ampliando el plazo para cumplir con la obligatoriedad de realizar el registro inicial de productores y comercializadores de aparatos eléctricos y electrónicos (RPCAEE). Los productores y comercializadores de estos deberán realizar, durante el periodo comprendido entre el 2 de mayo y el 31 de octubre del 2020, el registro inicial a través de la ventanilla única de comercio exterior (VUCE). Las personas naturales o jurídicas que, a partir del año 2020, desarrollen las actividades de producción y comercialización de dichos aparatos tendrán que realizar su registro inicial en el año siguiente durante el periodo comprendido entre el 2 de mayo y el 31 de julio del respectivo año.

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