No se podría tener más del 25 % de la capacidad de generación de electricidad (8:10 a.m.)
24 de Noviembre de 2016
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Nota:
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Así lo establece un proyecto de ley radicado hace unos días en el Senado de la República. La iniciativa tiene por objetivo definir los límites máximos de participación en generación, distribución y comercialización del servicio público de electricidad para todos los agentes económicos, públicos privados, que hacen parte del sistema interconectado nacional. Así pues, ninguna persona natural o jurídica podrá tener, directa o indirectamente, más del 25 % de la capacidad nominal de generación de electricidad procedente de fuentes de energía convencional. Este límite podrá ser excedido hasta el 30 % exclusivamente mediante generación de electricidad procedente de fuentes de energía no convencionales. La iniciativa también plantea límites para la participación en la actividad comercial, en tal virtud, ninguna empresa podrá tener más del 40 % de la actividad de comercialización, el mismo límite aplicará para la participación accionaria en el capital de una empresa generadora o comercializadora de electricidad y para la participación en la actividad de distribución. La iniciativa se encuentra a la espera de ponencia para primer debate.
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