No informar adecuadamente la vigencia de una promoción constituye publicidad engañosa (3:48 p.m.)
25 de Mayo de 2011
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Nota:
73810
La Superintendencia de Industria y Comercio (Superindustria) confirmó la sanción impuesta a una reconocida empresa fabricante de galletas, por valor de $ 10.300.000, que no informó adecuadamente la fecha de vigencia de una promoción. Una consumidora adquirió los productos ofertados y cuando trató de inscribirse se enteró que el concurso había terminado. La compañía argumentó que la información sobre la vigencia de la promoción fue publicada en la página web y que con ello les había cumplido a los consumidores. Para la Superindustria, esta publicación no es suficiente y consideró que la falta de información indujo a error a los consumidores y constituyó publicidad engañosa.
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