No existe un término legal para adelantar o finalizar la liquidación de una sucursal de sociedad extranjera (3:52 p.m.)
03 de Noviembre de 2011
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Nota:
77013
El trámite para extinguir una sucursal depende de las complejidad de los negocios que deben ser liquidados, la mayor o menor facilidad para realizar los activos, la colaboración de la casa matriz para impulsar el proceso y, en general, una serie de variables que pueden dilatar o apresurar la extinción o clausura. Por lo tanto, no existe una tarifa legal en cuanto al término para adelantar o finalizar la liquidación de una sucursal de sociedad extranjera, indicó la Superintendencia de Sociedades. No obstante, si el liquidador demora injustificadamente el trámite, el o los perjudicados pueden adelantar las acciones correspondientes.
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