Modifican régimen de transición para inversiones de los patrimonios autónomos del Fonpet (12:00 p.m.)
18 de Diciembre de 2012
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Nota:
85098
Las entidades administradoras que como resultado de la distribución de recursos asociados a un nuevo contrato de administración presenten excesos en los límites fijados o tengan inversiones no autorizadas, deberán convenir con la Superintendencia Financiera un plan de ajuste orientado a adecuarse al régimen de inversiones de los patrimonios autónomos del Fonpet y otros patrimonios autónomos públicos destinados a la garantía y pago de pensiones, el cual podrá considerar la posibilidad de mantener las inversiones hasta su redención o vencimiento. Según el decreto expedido por el Ministerio de Hacienda, dicho procedimiento deberá realizarse dentro de los 20 días hábiles posteriores a la fecha de entrega de los títulos en administración. También señala que el plan de ajuste o de desmonte se deberá ejecutar dentro de un plazo no superior a seis meses.
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