Modifican norma que regula el programa de creadores de mercado para títulos de deuda pública (3:50 p.m.)
06 de Enero de 2016
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Nota:
106189
La Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional considera, razonable y proporcional, permitir que los participantes del programa de creadores de mercado para títulos de deuda pública que demuestren un estándar mínimo exigente de adjudicación de títulos de deuda pública durante una vigencia puedan ser designados como creadores de mercado o aspirantes a creadores de mercado, siempre y cuando asuman la carga de demostrar en la siguiente vigencia que cuentan con la capacidad suficiente para cumplir el requisito de adjudicación de títulos en forma más rigurosa que la exigida para la respectiva vigencia, así como las demás consecuencias previstas. Por lo tanto, el Ministerio de Hacienda acaba de señalar que si un participante del programa durante el periodo de calificación obtiene al menos el 97 % del requisito mínimo de adjudicación de títulos establecido podrá ser designado como participante en el programa en la vigencia siguiente, para lo cual establece una serie de condiciones. Para hacer los ajustes a las nuevas disposiciones, al entidad modificó los artículos 11, 12 y 17 de la Resolución 4782 del 30 de diciembre del 2014.
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