Modifican composición accionaria y miembros de juntas directivas de cámaras de riesgo central de contraparte (9:52 a.m.)
15 de Enero de 2015
Reproducir
Nota:
98335
El Ministerio de Hacienda ajustó el Decreto 2555 del 2010 en lo relacionado con la “composición accionaria y los miembros de junta directiva de una Cámara de Riesgo Central de Contraparte”. Las modificaciones implican mayores obligaciones en materia de gobierno corporativo y disposiciones que garanticen el tratamiento igual a cualquier cliente o potencial cliente. Ahora, las bolsas de valores, los sistemas de negociación de valores, las bolsas de futuros y opciones, las bolsas de bienes y productos agropecuarios, agroindustriales o de otros commodities, los depósitos centralizados de valores y las sociedades administradoras de sistemas de intercambio comerciales del mercado mayorista de energía eléctrica podrán tener la calidad de beneficiario real de un número de acciones hasta por un equivalente al 100 % del capital social de una cámara de riesgo. En todo caso, independientemente de la composición accionaria del capital social de la entidad, esta deberá dar igual tratamiento a cualquier cliente o potencial cliente en los términos definidos por el ministerio (transparencia en precios y tarifas, desagregación de servicios e interoperabilidad).
Opina, Comenta