Vendedor por catálogo debe informar disponibilidad del producto, condiciones comerciales, entrega y derecho de retracto (8:46 a.m.)
12 de Mayo de 2015
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Nota:
100629
De acuerdo con lo previsto en el Decreto 1499 del 2014, por el cual se regularon las ventas a distancia y aquellas que utilizan métodos no tradicionales, el vendedor tiene la obligación de proporcionar al consumidor información suficiente sobre disponibilidad del producto, duración de las condiciones comerciales, tiempo de entrega, derecho de retracto y término para ejercerlo, ya que en esta clase de ventas, como es el caso de las que se realizan a través de catálogo, existe un alto riesgo de insatisfacción, especialmente, al momento de la entrega, si el producto no cumple las expectativas que el consumidor tiene sobre él, indicó la Superintendencia de Industria y Comercio. En caso de incumplimiento, el consumidor puede interponer las acciones pertinentes.
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