Usuarios de servicios postales tienen derecho a indemnización por la pérdida de sus objetos (3:50 p.m.)
08 de Octubre de 2013
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Nota:
91617
De acuerdo con lo previsto en la Resolución 3038 del 2011, por la cual se expidió el régimen de protección de los usuarios de servicios postales, estos tienen derecho al reconocimiento y pago de una indemnización por la pérdida o avería de sus objetos, cuyo valor dependerá del tipo de servicio contratado con el operador. Para ello, deberán presentar la respectiva solicitud de manera escrita o verbal y por cualquier medio tecnológico que haya habilitado el operador y, en caso de ser procedente, deberá pagarse dentro de los 30 días hábiles siguientes, indicó la Superintendencia de Industria y Comercio. En caso de no estar conforme con el valor reconocido, el usuario podrá presentar los recursos pertinentes ante el mismo operador.
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