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Uso de una marca de color registrada infringe derechos de propiedad industrial (3:28 p.m.)

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25 de Febrero de 2019

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La Superintendencia de Industria y Comercio decretó medidas cautelares en contra de Jerónimo Martins Colombia SAS, al encontrar preliminarmente que se estarían infringiendo los derechos de propiedad industrial derivados de una marca de color registrada. La sociedad fue demandada por el uso del color verde en la comercialización de una mezcla en polvo achocolatada y por eso se solicitaron medidas cautelares no solo por presuntamente infringir derechos de propiedad industrial en relación con la marca verde Pantone 361C, sino porque la demandada habría incurrido en actos de competencia desleal de explotación de la reputación ajena, confusión y violación a la prohibición general de cometer este tipo de comportamientos. En este caso, la SIC tuvo en consideración el artículo 134 de la Decisión Andina 486 del 2000, que establece que podrán constituir como marcas, entre otros, “un color delimitado por una forma, o una combinación de colores” y para efectos de determinar la presunta infracción dio aplicación al literal d) del artículo 155, que otorga al titular de la marca (en este caso Milo) la posibilidad de prohibir a terceros usar en el comercio un signo distintivo similar a la marca registrada si con este se puede causar riesgo de confusión o asociación entre los consumidores. La SIC ordenó abstenerse inmediatamente, y mientras dura el respectivo proceso judicial, de comercializar el producto denominado con el empaque que actualmente utiliza. Las anteriores decisiones se adoptaron en los autos 960 del 11 de enero y 5649 del 24 de enero del 2019.

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