Mercantil
Titular marcario no es el único autorizado para usar palabras comunes
21 de Noviembre de 2014
Quien pretenda obtener el registro de una marca puede valerse de toda clase de elementos, como prefijos, sufijos, palabras, raíces o terminaciones que, individualmente consideradas, pueden tornarse expresiones descriptivas, genéricas o de uso común.
Así lo señaló la Superintendencia de Industria y Comercio (Superindustria), al advertir que dichas expresiones no pueden ser objeto de apropiación exclusiva, monopolio o dominio absoluto por ninguna persona. En consecuencia, no es posible que el titular marcario se oponga a que terceros usen esos elementos, en combinación con otros o características en el diseño de signos, aclaró la entidad.
Por ejemplo, no es viable impedir al público que utilice vocablos como “Mc” o “Mac”, entre otros, de lo contrario, se constituirá el monopolio del uso de partículas necesarias, en beneficio de pocas personas, concluyó la Superindustria.
(Superintendencia de Industria y Comercio, Concepto 14215146, nov. 12/14)
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