Superindustria impone máxima sanción a Rappi por violación a normas de protección al consumidor
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19 de Octubre de 2020
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La Superintendencia de Industria y Comercio impuso a la empresa Rappi SAS una multa de $ 1.755.606.000, equivalentes a 2.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes, por violación a las normas de protección al consumidor que regulan la calidad en la prestación del servicio, la información mínima, la información pública de precios, la publicidad engañosa, la disponibilidad de vueltas correctas, las cláusulas abusivas, las obligaciones legales que surgen con ocasión del desarrollo de ventas a distancia y el comercio electrónico. También sancionó a la empresa por inobservancia a cinco de las siete órdenes emitidas en agosto del 2019, tendientes a que se informara la procedencia del derecho de retracto y de reversión de pago, se dispusiera de mecanismos de recepción de PQRS que permitieran el seguimiento a las mismas, se ajustaran las disposiciones contractuales de los términos y condiciones, se informara el precio total de los productos incluyendo todos los costos adicionales, entre otros. Por lo anterior, esta SIC, además de declarar el incumplimiento y consecuencialmente imponer la sanción, concedió a la investigada un nuevo plazo de 30 días hábiles contados a partir de la notificación del acto sancionatorio para que acredite el cumplimiento íntegro de lo antes expuesto, so pena de iniciar en su contra un nuevo procedimiento administrativo sancionatorio.
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