Mercantil
Superindustria determina costos de trámites de acceso a la información pública
11 de Marzo de 2015
La Superintendencia de Industria y Comercio (Superindustria) fijó las tasas aplicables a los trámites de acceso a la información pública, certificaciones y constancias que se surten ante ese despacho, en cumplimiento de lo señalado en la Ley 1712 del 2014 (Ley de Acceso a la Información Pública) y el Decreto 103 del 2015.
La norma se aplica a las peticiones elevadas por cualquier persona, natural o jurídica, para acceder a los trámites generales de competencia de la superintendencia.
La entidad también elaboró una tabla en la que presenta, de manera detallada, la descripción de cada uno de los elementos considerados, para realizar el ejercicio de costeo de los servicios de solicitud de información.
Las tasas descritas deberán ser pagadas en el establecimiento financiero y número de cuenta indicados por la Superindustria, con las especificaciones señaladas por la dependencia que gestiona cada trámite.
Sin embargo, las tasas establecidas en la resolución podrán ser modificadas en cualquier momento, de conformidad con el estudio técnico que determine la necesidad del ajuste.
(Superintendencia de Industria y Comercio, Resolución 9428, mar. 6/15)
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