Mercantil
Subordinada puede absorber a la sociedad controlante
07 de Febrero de 2014
La absorción de la sociedad controlante por parte de la subordinada es viable, pues de la definición de fusión no se infiere la calidad que deben tener las personas jurídicas para adelantar este proceso, precisó la Superintendencia de Sociedades.
La entidad recordó que la fusión surge cuando una o más sociedades se disuelven sin liquidarse y traspasan todos sus activos, pasivos, derechos y obligaciones para ser absorbidas por otra u otras sociedades o para crear una nueva, sin distinguir atributos de los participantes.
En cuanto al tratamiento contable del crédito existente al momento de la fusión, indicó que procede su eliminación, a menos que pueda identificarse claramente que las unidades de negocio que soportan el intangible operarán después del proceso, con la capacidad de generar flujos de fondo a futuro.
(Superintendencia de Sociedades, Concepto 115-146784, oct. 25 - 13)
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