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Actualizado hace 3 hours | ISSN: 2805-6396

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Silencio de aseguradora frente a reclamación sobre honorarios y gastos genera su aprobación

23 de Febrero de 2018

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Al resolver un proceso sobre la ejecución de un contrato de seguros, la Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia indicó que los asegurados deben requerir el pago de expensas que usaron para su defensa como lo son los costos, honorarios y gastos.

 

Y precisó que las entidades aseguradoras deben pronunciarse al respecto dentro de los 15 días siguientes a la notificación de la solicitud. Ello toda vez que el silencio frente a esa comunicación supone la aprobación de los mismos. (Lea: ¿Amparo por perjuicios extrapatrimoniales de la víctima debe estar contemplado expresamente en la póliza?)

 

Según el caso concreto, y conforme el contrato de pactado por las partes, la corporación indicó que la asunción de la obligación de pago de las expensas requeridas para la defensa de los asegurados por las entidades aseguradoras, sin duda, operó por la convención de las partes.

 

Ello al disponerse que el silencio de la aseguradora, dentro de los 15 días siguientes a la reclamación, equivalía a su aceptación. Lo anterior puesto que así quedó pactado y escrito dentro del negocio jurídico.

 

Casuística

 

Varios asegurados les comunicaron a dos compañías aseguradoras los gastos de defensa (gastos, honorarios, costos) en que incurrieron dentro de un proceso penal y solicitaron el pago de los mismos.  Al respecto, las compañías no efectuaron ninguna manifestación, lo que se constituyó como una aprobación frente a este cobro solicitado.

 

Frente a ello, la corporación aseguró que los asegurados, en conexidad con el derecho de defensa, debían atender ese proceso penal de forma repentina y bajo las circunstancias tan apremiantes en las que se encontraban.

 

Así las cosas, estos sujetos no podían esperar a una aprobación previa por parte de las aseguradoras. (Lea: Siniestro y reclamación, necesarios para activar obligación indemnizatoria de cláusulas ‘claims made’)

 

Por todo lo precedente, la Sala declaró que las aseguradoras incumplieron el contrato de seguro y como consecuencia les ordenó el pago de unas cifras a los asegurados (M. P. Aroldo Wilson Quiroz Monsalvo)

 

Corte Suprema de Justicia, Sala Civil, Sentencia SC-1302018 (11001310303120020113301), Feb. 12/18

 

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