SIC cumple con suspensión provisional de normas sobre exhibición de productos de tabaco (9:17 a.m.)
16 de Marzo de 2018
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Nota:
60591
La Superintendencia de Industria y Comercio expidió una circular por medio de la cual cumple con lo ordenado en el Auto del 17 de noviembre del 2017 proferido por la Sección Primera del Consejo de Estado, en el sentido de suspender las circulares externas 05 y 011 del 2012. Dichas circulares hacen referencia a la regulación de la exhibición de los productos de tabaco y sus derivados bajo determinadas condiciones en establecimientos de comercio. Así, la superintendencia reitera y enfatiza que están suspendidos los efectos de dichas normas. Vale la pena recordar que a juicio de la corporación las circulares vulneran lo dispuesto en los artículos 1 y 13 del Convenio marco de la Organización Mundial de la Salud (OMS) para el control del tabaco, aprobado mediante la Ley 1109 del 2006, y los artículos 1, 15 y 16 de la Ley 1335 del 2009, pues estas normas recomiendan prohibir absolutamente la exhibición y visibilidad de los productos de tabaco en todo punto de venta, incluso los puntos de venta al por menor y los puestos de vendedores ambulantes.
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