SIC ajusta instrucciones para operadores postales sobre medios tecnológicos
01 de Junio de 2021
La Superintendencia de Industria y Comercio modificó los numerales 2.1.1.1, 2.1.2, 2.1.4, 2.1.5, 2.1.7.1, 2.1.7.1.1, 2.1.7.1.3, 2.1.8, y 3.2. y derogó el numeral 2.1.4.1 del Capítulo Segundo del Título III de la Circular Única, con el fin de actualizar las instrucciones existentes en el tema de implementación de medios tecnológicos, acorde a los cambios de regulación que se han realizado en el sector postal. La norma hace referencia a la implementación de medios tecnológicos para remplazar la entrega de documentos físicos. Por ejemplo, ordena tener disponibles medios físicos o digitales del formulario de peticiones quejas y recursos (PQR); así, el operador deberá disponer en su portal de un módulo o indicación fija y visible que le indique al usuario acerca del derecho que tiene a presentar PQR y solicitudes de indemnización y que lo direccione a un botón destacado y fácilmente identificable, a través del cual pueda realizar la presentación de las mismas. |
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