SIC actualiza instrucciones a cámaras de comercio en aspectos relacionados con el desarrollo de sus funciones (10:43 a.m.)
01 de Diciembre de 2016
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Nota:
52918
La Superintendencia de Industria y Comercio modificó en su integridad el Título VIII de su circular única, en el cual se imparten instrucciones a las cámaras de comercio sobre el desarrollo de sus funciones, con el objetivo de ajustarlas a las normas vigentes que rigen la materia registral y los aspectos de vigilancia y control. En esta actualización se incorporan las normas vigentes que impactan las funciones asignadas a los entes camerales, se establecen modelos de certificados, instrucciones precisas en los cobros de tarifas y procedimientos más puntuales en la manera de llevar cada uno de los registros públicos en el país. La presente nueva circular rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial (Edición 50.067, jueves, 24 de noviembre del 2016) y deroga el contenido del anterior Título VIII de la circular única. En cuanto al término para efectuar ajustes tecnológicos, la entidad indica que las cámaras tendrán un plazo de seis meses para hacer los arreglos necesarios.
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