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Sanciones a las droguerías que no cumplen normas de distancia mínima las imponen las secretarías de salud (11:38 a.m.)

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08 de Septiembre de 2011

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La inspección, vigilancia y control sobre las droguerías, así como la imposición de sanciones por infringir las normas que indican la distancia mínima que debe existir entre un establecimiento minorista de esta especie y otro, corresponde a las secretarías de salud, pues las competencias de la Superintendencia Nacional de Salud y del Invima no se refieren a la operación y el funcionamiento propio de estas. Así lo indicó el Ministerio de la Protección Social, en concepto de junio.

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