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Mercantil


Reunión de socios se puede celebrar a través de cualquier medio tecnológico

El legislador no estableció expresamente el medio idóneo para probar la reunión no presencial.
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19 de Septiembre de 2014

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Es posible usar cualquier medio técnico o tecnológico en las reuniones del máximo órgano social, siempre y cuando permita probar la participación de todos los asociados o miembros de la junta directiva en las deliberaciones y decisiones.

 

Así lo precisó la Superintendencia de Sociedades, al indicar que el legislador no estableció expresamente el medio idóneo para probar la reunión no presencial, por lo cual es viable acudir al fax, las llamadas telefónicas, las teleconferencias, internet o chat, entre otros medios que faciliten la comunicación simultánea o sucesiva.

 

Sin embargo, advirtió que si dicha formalidad no se cumple, las decisiones adoptadas son ineficaces.

 

(Superintendencia de Sociedades, Concepto 220-133691, ago. 26/14)

 

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