Mercantil
Restaurantes no pueden expedir “prefacturas” y consumidores podrán rechazar pago de propinas
13 de Junio de 2011
Los propietarios y administradores de restaurantes, bares, clubes sociales o culturales, discotecas, cafeterías y demás establecimientos para el consumo de alimentos y bebidas no podrán expedir “prefacturas”, cuentas de cobro, “precuentas” o similares, ordenó la Superintendencia de Industria y Comercio.
A través de una circular, el organismo les recordó su obligación de expedir la correspondiente factura de venta o el documento equivalente, y estableció una serie de medidas sobre la voluntariedad de la propina.
Para tal fin, adicionó la Circular Única 10 del 2001 (compilación de todas sus instrucciones), con una disposición que faculta a los consumidores para no pagar la propina o modificar su cuantía cuando esta es sugerida, incluso después de expedida la factura de venta, si no les preguntaron con antelación a su expedición si quieren que dicho valor sea incluido en la misma.
Adicionalmente, los establecimientos deberán informar, a través de avisos a la entrada que sean visibles al público y en las cartas y listas de precios, que la propina puede ser aceptada, rechazada o modificada, de acuerdo con la valoración del servicio.
(Superindustria, Circ. Externa 15, jun. 7/11)
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