Representante legal no puede realizar gestiones administrativas prescindiendo o suplantando a la junta directiva (9:25 a.m.)
12 de Enero de 2018
Reproducir
Nota:
59201
Las asamblea general de accionistas o junta de socios (máximo órgano social) tienen funciones de dirección, la junta directiva de administración y el representante legal de ejecución, sin que alguno de ellos pueda abrogarse las competencia del otro, ya que, teniendo en cuenta la atribución de funciones expresamente fijada en la ley, la misma debe asumirse de manera exclusiva y no es admisible la transferencia de poderes de un órgano a otro. Así, indicó la Superintendencia de Sociedades, la junta directiva y el representante legal pueden adoptar las decisiones que correspondan al curso ordinario de los negocios de la compañía, dentro de los límites o restricciones previstos en los estatutos sociales, siempre y cuando no constituyan actuaciones ilegales, abusivas o viciadas por un conflicto de interés, teniendo claro que el representante legal no puede realizar gestiones administrativas prescindiendo o suplantando a la junta directiva.
Opina, Comenta