Representación legal de una sociedad extranjera puede ser ejercida por una persona natural o jurídica
16 de Junio de 2021
La representación legal de una sociedad puede recaer en una persona natural o jurídica, pues no existe disposición mercantil que prohíba o que exija determinada calidad. Sin embargo, señaló la Superintendencia de Sociedades, cuando la representación legal esté constituida por una persona jurídica los deberes y derechos recaen directamente en el representante legal de la sociedad que actúa como administradora. Así las cosas, la representación legal de la sociedad extranjera en Colombia puede ser ejercida por una persona natural o jurídica, pero debe tenerse en cuenta que el artículo 473 del Código de Comercio señala que cuando la sociedad tuviere por objeto explotar, dirigir o administrar un servicio público o una actividad declarada por el Estado como de interés para la seguridad nacional el representante y los suplentes serán ciudadanos colombianos.
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