15 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 16 hours | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Mercantil


Remitente de servicios postales puede solicitar indemnización por pérdida, expoliación o averías de envíos (1:42 p. m.)

31 de Marzo de 2017

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Nota:
54571
De acuerdo con lo previsto en la Ley 1369 del 2009 (régimen de servicios postales), dentro de los derechos de los remitentes está obtener devolución de los envíos que no hayan sido entregados a los destinatarios y a percibir indemnizaciones por pérdida, expoliación o avería del envío, según la clase de servicio contratado, indicó la Superintendencia de Industria y Comercio. Dichas solicitudes de indemnización (Resolución CRC 3038 del 2011) pueden ser presentadas de manera verbal o escrita ante el operador de servicios postales a través de su página web, líneas telefónicas o puntos de atención, dentro de los 10 días calendario siguientes a la recepción del objeto postal, cuando se trate de servicios nacionales, o seis meses, cuando se trate de servicios internacionales. La expoliación se da cuando el objeto le es despojado al operador con violencia o iniquidad.

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