Mercantil
Registros contables deben llevarse en pesos colombianos
19 de Febrero de 2015
Si bien las NIIF establecen que los estados financieros pueden presentarse en cualquier moneda, es decir, que la moneda de presentación puede ser distinta a la funcional, los registros contables deben llevarse en pesos colombianos, teniendo en cuenta que el peso es la moneda oficial en el país, precisó el Consejo Técnico de la Contaduría Pública (CTCP).
En este caso, la entidad debe convertir los estados financieros de la moneda de registro a la moneda funcional, utilizando el procedimiento de registro multimoneda o el de remedición (artículo 34 de la NIC 21), dependiendo de la forma en que lleve sus registros y, adicionalmente, convertir sus estados financieros de la moneda funcional a su moneda de presentación, utilizando el procedimiento de conversión corriente.
La entidad recordó que en Colombia es permitido utilizar otros procedimientos de reconocido valor técnico contable, con el fin de asentar operaciones, siempre que se facilite el conocimiento y la prueba de la historia clara, completa y fidedigna de los asientos individuales y el estado general de los negocios. En este sentido, indicó que es necesaria la utilización de los llamados libros diario y mayor y balances.
Frente a una consulta de una empresa que adoptó el dólar como moneda funcional, el CTCP señaló que las partidas no monetarias en moneda extranjera que se midan en términos de costo histórico deben convertirse utilizando la tasa de cambio en la fecha de la transacción, mientras que las no monetarias medidas al valor razonable en moneda extranjera se convierten utilizando las tasas de cambio de la fecha en que se mide este valor.
(Consejo Técnico de la Contaduría Pública, Concepto. 648, ene. 29/15)
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