Quien alegue derechos sobre un nombre o enseña comercial debe probar el uso real y efectivo (4:45 p.m.)
14 de Agosto de 2012
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Nota:
83050
En reiterados fallos de interpretación prejudicial, el Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina ha sostenido respecto a la prueba de uso del nombre o enseña comercial que, generándose el derecho sobre estos signos con el primer uso en el comercio y terminando cuando este cesa, quien alegue derechos debe probar el uso real y efectivo y el juez deberá establecerlo así, para determinar el objeto del derecho del titular. Por el momento, la Superintendencia de Industria y Comercio no se ha pronunciado sobre la necesidad de regular el tema internamente.
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