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Mercantil


Quien alega derechos sobre nombre o enseña comercial debe probar uso real y efectivo

El derecho sobre estos signos se genera con el primer uso en el comercio y termina cuando este cesa.
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16 de Agosto de 2012

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La persona que alega derechos sobre un nombre o enseña comercial debe probar su uso real y efectivo, circunstancia que deberá tener en cuenta el juez, para determinar el derecho del titular, indicó la Superintendencia de Industria y Comercio.

 
Así lo ha sostenido el Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina, en reiterados fallos de interpretación prejudicial. En su opinión, el derecho sobre estos signos se genera con el primer uso en el comercio y termina cuando este cesa.

 
Teniendo en cuenta la aplicación en Colombia del ordenamiento jurídico subregional, la superintendencia no se ha pronunciado sobre la necesidad de regular este tema internamente.

 

(Superintendencia de Industria y Comercio, Concepto 12063510, jun. 15/12)

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