Mercantil
Productos en promoción también son objeto de garantía
Así lo establece el Estatuto del Consumidor, al referirse a la garantía legal, precisó la Superintendencia de Industria y Comercio.
30 de Agosto de 2013
La entrega o distribución de productos con descuento, rebaja o con carácter promocional está sujeta a las reglas contenidas en el Estatuto del Consumidor (Ley 1480 del 2011).
Así lo precisó la Superintendencia de Industria y Comercio, al recordar que esa norma define la garantía como la obligación que tienen de manera solidaria el productor y el proveedor de responder por el buen estado del producto y su conformidad con las condiciones de idoneidad, calidad y seguridad legalmente exigibles o las ofrecidas temporalmente.
La ley también define la garantía legal, que obedece a las definiciones de idoneidad, seguridad y buen estado y funcionamiento, punto en el cual extiende ese conjunto de obligaciones a los productos en promoción.
Sin embargo, la superintendencia precisó que cada caso debe ser considerado de manera particular. Por lo tanto, la autoridad que conozca del asunto determinará el alcance de la garantía y las circunstancias de tiempo, modo y lugar.
(Superintendencia de Industria y Comercio, Concepto 13159937, jul. 30/13)
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