12 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 1 hour | ISSN: 2805-6396

Openx ID [25](728x110)

1/ 5

Noticias gratuitas restantes. Suscríbete y consulta actualidad jurídica al instante.

Noticias / Mercantil


Por ser bienes muebles, las mascotas o animales están sujetos a garantía (2:41 p.m.)

13 de Diciembre de 2010

Reproducir
Nota:
70182
Desde un punto de vista jurídico, la venta de animales se compara a la de cualquier otro bien mueble en el mercado, por lo que quienes comercializan con ellos deben asegurar su calidad e idoneidad frente al comprador. Si el bien (la mascota) objeto de venta presenta afecciones o enfermedades (fallas) de origen genético o hereditario cuyo término de incubación o desarrollo se detecta días después de su venta, estaríamos frente a un caso de vicio redhibitorio o vicio oculto de la cosa vendida que, analógicamente, equivale a la obligación del vendedor de garantizar la calidad de lo que vende. Así lo señaló la Superintendencia de Industria y Comercio, mediante la Resolución 60180 del 2010.

Opina, Comenta

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)