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19 de Abril de 2024 /
Actualizado hace 3 horas | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Mercantil


¿Personalidad jurídica de la SAS se pierde al iniciar proceso de liquidación privada?

11 de Julio de 2018

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Una vez constituida la sociedad por acciones simplificada (SAS) forma una persona jurídica distinta de los socios individualmente considerados. (Lea: ¿Proceden anticipos a los socios dentro del proceso de liquidación privada de una sociedad?)

 

La personalidad jurídica le atribuye la condición de sujeto de derecho, con capacidad jurídica de goce y de ejercicio, titular de derechos y de obligaciones, capacidad que mantiene durante toda su existencia, precisó la Superintendencia de Sociedades.

 

Dicha figura no se pierde por el hecho de que la compañía quede disuelta e inicie un proceso de liquidación privada, pues la disolución y el estado de liquidación no termina con la existencia de la persona jurídica. (Lea: Inscripción de las situaciones de control en las SAS)

 

Así las cosas, indicó la superintendencia, una SAS vinculada a una investigación administrativa tiene capacidad jurídica plena para ejercer su derecho de defensa y contradicción mientras no se haya inscrito en el registro mercantil su cuenta final de liquidación.

 

Por otra parte, precisó que el hecho de que una sociedad ingrese a un proceso de liquidación voluntaria no produce como consecuencia que su realidad económica anterior, reflejada en los estados financieros pertinentes, pueda ser desconocida, pues dichos estados financieros siguen surtiendo efectos jurídicos y económicos plenos.

 

Supersociedades, Concepto 220-87958, Jun. 15/18

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