A partir de junio del 2013, Minhacienda verificará requisitos de operadores de libranza (3:00 p.m.)
14 de Mayo de 2013
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Nota:
88572
Teniendo en cuenta que el Decreto 1881 del 2012, por el cual se fijó el régimen de transición para operaciones de libranza, mientras iniciaba operación el registro único (junio del 2013), serán los empleadores o entidades pagadoras los encargados de verificar el cumplimiento de los requisitos legales de los operadores, cuando reciban nuevas libranzas. Una vez que empiece a operar, la verificación de requisitos corresponderá al Ministerio de Hacienda. La supervisión por parte de la Superintendencia de Sociedades empieza desde que exista el registro único y se materializará a través de mecanismos idóneos y suficientes para controlar el origen lícito de los recursos, en caso de operaciones con cargo a recursos propios.
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